viernes, 24 de agosto de 2007

Defincion Fundaciones

Son un conjunto de bienes destinados al cumplimiento de una finalidad especifica, generalmente vinculado a actividades culturales, científicas o artísticas no lucrativas. Una fundación se rige al código civil y su personalidad es otorgada por el Estado a través de las Prefecturas. Son gastos deducibles para las sociedades.

No hay comentarios:

Publicar un comentario